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Contratación internacional
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El Código Civil español señala en su artículo 1.214 que “el contrato existe desde que una o más personas consienten en obligarse, respecto de otra o otras, a dar alguna cosa o prestar algún servicio”. En las operaciones de comercio exterior debemos conocer en profundidad la legislación nacional, la del país en cuyo territorio tiene sede la parte compradora y la legislación internacional que pueda afectar a la transacción. Es importante, por tanto, conocer las diferentes figuras contractuales, así como los derechos y obligaciones que se derivan.

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